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Ecuador: Vacío legal para indemnizar a Kinross por Fruta del Norte

Ecuador: Vacío legal para indemnizar a Kinross por Fruta del Norte
  • 2013/06/19
  • 1210
  • webmaster

La Ley de Minería vigente actualmente en el Ecuador tiene una serie de vacíos respecto al abandono de concesiones por parte de empresas mineras, el reconocimiento de indemnizaciones por esta razón o la reversión de las áreas por no firmar los contratos de explotación. Tampoco la reforma minera que aprobó la Asamblea soluciona este tipo de vacíos legales. Ello representa una dificultad para el Estado a la hora de negociar la salida de Kinross del yacimiento de oro Fruta del Norte en Zamora. La compañía hizo este anuncio la semana pasada al indicar que no había llegado a un acuerdo con el Estado para la firma del contrato de explotación del proyecto, contrato que vino negociando durante cerca de 30 meses.

De acuerdo con el ex director nacional de Minería, César Espinosa, la Ley de Minería contempla tres causales para la reversión de una concesión minera al Estado. La primera es la terminación del plazo de la concesión o del permiso de operación de una compañía. Esto lo contempla el artículo 106 de la Ley de Minería y el permiso para la fase de evaluación económica de Kinross en Fruta del Norte vence el 1 de agosto. Aunque la ley indica que Kinross puede pedir la extensión de 18 meses del permiso, el Gobierno dijo que no lo otorgaría. Una segunda causal de reversión es la caducidad de la concesión. Esta puede darse por daños ambientales, falta de pagos de regalías y patentes, contaminación del agua, entre otras causales que debe determinar el Ministerio de Recursos No Renovables y la Agencia de Control Minero luego del debido proceso. Sobre ello, Espinosa opina que el Gobierno puede aplicar el artículo 111 que indica como causal de caducidad el no realizar inversiones mínimas en una concesión. Finalmente, para la reversión de concesiones debe existir una causal de nulidad que ocurre cuando una compañía invade otra concesión, lo que no aplica para Kinross. Cuando la reversión se da por estas tres causales, la ley no contempla ningún tipo de indemnización para la compañía concesionaria. De hecho en toda la Ley de Minería y en el reglamento no se contempla ninguna figura de indemnización para las compañías. Tampoco se sanciona el que la empresa no firme el contrato de explotación con el Estado. El ministro de Recursos No Renovables, Pedro Merizalde, dijo que aún no ha iniciado el proceso de negociación de Kinross por la salida de Fruta del Norte. Inversión de Kinross La minera canadiense invirtió USD 250 millones en exploración avanzada en el yacimiento de Fruta del Norte hasta mediados del 2012. Adicionalmente adquirió los derechos mineros del proyecto al comprar el 80% de las acciones de la antigua concesionaria Aurelian por USD 960 millones. Kinross registrará una pérdida de USD 700 millones en sus libros por abandonar Fruta del Norte. FUENTE: ElComercio.comFECHA: Miércoles 19/06/2013

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